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lunes, 13 de febrero de 2023

POR UNA BIBLIOTECA DIGITAL PÚBLICA Y LA PRESENCIA DE LAS REVISTAS DIGITALES EN SU REPOSITORIO DE LIBRE ACCESO/ Revista Ágora-Papeles de Arte Gramático/ febrero 2023

 

                                                        Portada histórica del n. 2 de Ágora (Junio 1998).                                                                              La comunicación-mundo. Reproduce un original del pintor Ángel Haro.

 

 

POR UNA BIBLIOTECA DIGITAL PÚBLICA Y LA PRESENCIA DE LAS REVISTAS DIGITALES EN SU REPOSITORIO DE LIBRE ACCESO

 

Desde la revista Ágora venimos pidiendo que las Bibliotecas Públicas, en primer lugar, la Biblioteca Nacional, y también aquellas Bibliotecas digitales que puedan crearse bien a nivel nacional como autonómico, ofrezcan un repositorio donde consten los manuscritos digitales de obras históricas pero también de revistas y libros de libre acceso público, donde cualquier persona, en cualquier lugar del mundo, pueda consultarlas. Se trata de un servicio público y gratuito tanto para creadores como para lectores e investigadores el que dispensaría una biblioteca digital abierta, pública, con recursos humanos y materiales necesarios, para lo cual se necesita la inversión en cultura.

Reproducimos dos documentos, firmados por Fulgencio Martínez. El primero es inédito hasta ahora, y ha sido pensado para la Comunidad de Murcia, pero es extensible a cualquier otro territorio de esta España. Ha sido enviado a la prensa local.

El segundo se publicó en Ágora, con otro texto que le hacía de preámbulo histórico y que trataba sobre los objetivos del Taller de Arte Gramático, asociación cultural animadora, en su primera época, de la revista. Este segundo texto trata sobre la incongruente ley vigente sobre las revistas digitales, que no fue dotada de medios.

Por último, hemos comprobado que no solo la Biblioteca Nacional y las Autonómicas "arrastran los pies" cuando se trata de incorporar contenidos de revistas independientes y cultura viva, no sometida a cánones comerciales y/o políticos (partidistas). También las Bibliotecas universitarias, que ofrecen "generosamente" sus repositorios exigen que efectuemos los editores labores de bibliotecario, enviándoles, para su indexación, artículo por artículo, separadamente, de cada número de la revista, en fin, una tarea que deberían realizar técnicos y personal funcionario o contratado por las instituciones culturales y educativas. 

Sirva el impulso de Ágora por que las revistas digitales en España tengan depósito legal y fácil acceso a un repositorio público, para denunciar el déficit de inversión en cultura que padece este país.

FM

 Tarazona, 13 de febrero 2023

 

 

POR UNA BIBLIOTECA DIGITAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

 

Una propuesta que lanzamos en la revista Ágora a cualquier grupo político o institución murcianos que quieran recogerla es la de crear una Biblioteca Digital de la Región de Murcia. Sería, creemos, una buena causa para invertir en cultura parte de los fondos europeos que se esperan.

Galicia tiene su Biblioteca Digital de Galicia y así otras Comunidades han invertido en crear sus Bibliotecas y Archivos digitales, donde conste, por un lado, la conservación de los textos literarios, artísticos e históricos más relevantes para el pasado y la identidad propia del territorio; así como la literatura y el arte vivo del presente, empezando por las revistas en digital a disposición del público, en abierto, y los libros de autores actuales cuyos derechos se cedan por sus autores pública y documentalmente.

Hoy en día, no solo en el idioma inglés, en el nuestro,  la presencia cultural de una lengua y de una cultura, también de una Comunidad o Región con distintivo de calidad cultural y atractivo para el visitante (físico o virtual) pasan por el mundo digital.

La mayoría de las veces un texto o una manifestación artística es conocida en cualquier parte del mundo gracias a su comunicación on line. Hace poco me pidió un profesor universitario, desde México, un ejemplar digital del número 9 de la revista Ágora-Papeles de Arte Gramático dedicado a Vladimir Holan, la revista salió en 2005 y no está digitalizada, ni existe en ningún repositorio digital de nuestra Región y, para qué contarles, mucho menos en la Biblioteca Nacional, donde nada quieren saber de la literatura viva.

Ocurre que hoy el intercambio literario y cultural pasa, precisamente, por lo digital e internet (esto es obvio, perdonen), y casi en todas partes en el ámbito lingüístico hispano y en el hispanismo, desde América del Norte y México a Argentina, Perú, hasta Europa y China, es muy intenso el flujo digital de creatividad y conocimiento. En España, no solo en Murcia, padecemos un cierto retraso en dicho aspecto; la ley que el Ministerio de Cultura puso en marcha en 2015 sobre las publicaciones “en línea” no fue dotada de medios para su realización efectiva. Desde entonces, cada Comunidad Autónoma ha ido poniendo un parche a su manera; pero, aquí, en la nuestra, ni eso. Las Bibliotecas no digitales arrastran los pies a la hora de recoger en sus repositorios la cultura viva; no tienen medios suficientes, sobre todo, por falta de inversión en bibliotecarios y técnicos. Es necesario, pues, adelantar en la Región de Murcia y crear su propia Biblioteca Digital.

 

Fulgencio Martínez

escritor y editor de Ágora

10 de febrero 2023

 

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¿POR QUÉ NADIE SE MUEVE EN EL MINISTERIO DE CULTURA POR LA CULTURA EN LÍNEA?

 

Los políticos deberían extraer la lección de no firmar documentos fríos o tan escasos de luz, y tan llenos de miseria como este, que registra el BOE, la ley, de 2015 (Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea)* que afecta, aún a día de hoy, a las publicaciones y revistas digitales, como Ágora-Papeles de Arte Gramático, cuyo contenido quiere ser de acceso libre, pero estar protegido con un depósito legal y en un repositorio garantizado por la Administración. 

      El artículo 7 del mencionado Real Decreto parece que ayuda a las revistas digitales con un depósito legal que autoriza el documento digital de libre acceso.

"Artículo 7. Depósito legal de las publicaciones en línea libremente accesibles.

1. Los centros de conservación podrán capturar las publicaciones en línea que hayan sido objeto de comunicación pública y los sitios web accesibles a través de redes de comunicaciones.

2. Con el objeto de facilitar la captura o depósito de los datos por parte de los centros de conservación, el editor o productor de sitios web y demás publicaciones en línea libremente accesibles permitirá que los centros de conservación procedan a su recolección en las condiciones indicadas en este artículo.

3. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda, los procedimientos de selección y captura de las publicaciones en línea accesibles a través de redes de comunicaciones, así como la frecuencia con la que se realizarán dichas capturas, serán establecidos, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales, por la Biblioteca Nacional de España, centro de conservación de ámbito estatal, y por los centros de conservación de las comunidades autónomas".

 

    El artículo 9 dispone que haya en la Biblioteca Nacional y en las Bibliotecas de las Comunidades Autónomas, repositorios que alojen y custodien el documento autorizado, de modo que en lo futuro conste dicha referencia para estudiosos e investigadores, y al menos moralmente se defienda el "manuscrito digital" conservado en un repositorio seguro, oficial, de la manipulación de los originales y de la alteración de la autoría de los textos.

"Artículo 9. Conservación y acceso de las publicaciones en línea.

1. Los centros de conservación serán responsables de la preservación de las publicaciones en línea cuya custodia tienen encomendada.

2. La Biblioteca Nacional de España y los centros de conservación de las comunidades autónomas, en sus respectivos ámbitos competenciales, podrán acordar la constitución de los repositorios que consideren necesarios para conservar y difundir las publicaciones en línea capturadas o entregadas, con el objetivo de conseguir la mayor eficiencia en su gestión."

 

Y sin embargo, añade al final en una disposición adicional:

"Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.

Este real decreto no podrá suponer incremento neto de gasto público y su funcionamiento tendrá que realizarse con los medios materiales y personales disponibles actualmente en la Administración, sin incremento de dotaciones ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal."

 

     O sea. Todo lo dicho puede ser agua de borrajas, porque no vamos a gastar un euro en la cultura. Búscate la vida o pide de rodillas a las administraciones públicas, que sí: que tienen pasto seco para lo que quieren.

 ¿Dónde está la inversión posterior en repositorios públicos, nacionales, autonómicos, y, claro, en personal y medios que mantengan el desarrollo de la cultura en línea? ¿Están las bibliotecas hambrientas de recibir cultura de libre acceso, o hay que sortear un laberinto para llegar a ellas?

Ojalá me equivoque pero la ley del bueno de Íñigo Méndez de Vigo y Montojo ha creado tal secuela de conformidad con su contundente llamado a convertir España en una austera Esparta cultural, que ahí nadie se mueve. Ni en Ministerio de Cultura ni en la Consejería de Cultura correspondiente.

 

 

Fulgencio Martínez López

director y editor de Ágora-Papeles de Arte Gramático

Murcia, 19 de enero 2023

 

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* Enlace para consultar el Real Decreto citado:

 https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/07/10/635



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